Los plazos de presentación de solicitudes son los siguientes:
- Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 9 de enero de 2023.
- Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 15 de mayo de 2023.
Los requisitos son los siguientes:
- Podrán participar en el Programa de Termalismo del Imserso, las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
- Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
- Las personas usuarias de plazas deben reunir los siguientes requisitos:
- Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
- Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
- Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
- Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de Seguridad Social español, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a las personas usuarias en el punto segundo.
- También podrán ser personas adjudicatarias de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto según a) y b).
Asimesmo, podrán ser personas adjudicatarias de plaza, los/as hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación. - Los requisitos establecidos en el punto 2 se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable de la persona usuaria de los tratamientos.
- En todo caso, la concesión de las plazas por parte del Imserso, estará condicionada a la disponibilidad de las mismas en los establecimientos termales.
- Solo se podrá disponer de la plaza cuando se tenga conformidad de la misma por parte del Imserso.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General o en el departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de A Estrada.
Solicitud y relación de balnearios participantes por Comunidad Autónoma y precios: