Programa de Termalismo del Imserso 2023

07 Diciembre 2022

 

Los plazos de presentación de solicitudes son los siguientes:

  1. Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 9 de enero de 2023.
  2. Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 15 de mayo de 2023.


Los requisitos son los siguientes:

  1. Podrán participar en el Programa de Termalismo del Imserso, las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    1. Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
    2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
    3. Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
    4. Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
  2. Las personas usuarias de plazas deben reunir los siguientes requisitos:
    1. Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
    2. Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
    3. Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
  3. Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de Seguridad Social español, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a las personas usuarias en el punto segundo.
  4. También podrán ser personas adjudicatarias de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto según a) y b).
    Asimesmo, podrán ser personas adjudicatarias de plaza, los/as hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.
  5. Los requisitos establecidos en el punto 2 se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable de la persona usuaria de los tratamientos.
  6. En todo caso, la concesión de las plazas por parte del Imserso, estará condicionada a la disponibilidad de las mismas en los establecimientos termales.
  7. Solo se podrá disponer de la plaza cuando se tenga conformidad de la misma por parte del Imserso.


Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General o en el departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de A Estrada.

 

Solicitud y relación de balnearios participantes por Comunidad Autónoma y precios:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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