Subvenciones

Ayuntamiento de A Estrada convoca las Ayudas Municipales a la Creación de Empresas 2022

18 Mayo 2022

 

Empresas beneficiarias

 

Podrán acogerse a estas ayudas el empresariado individual y las pequeñas y medianas empresas (pymes), independientemente de su forma jurídica, que iniciaran su actividad empresarial entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 (se entiende por inicio de la actividad la alta en el impuesto de actividades económicas -IAE-).

 

Requisitos generales que deben cumplir las empresas beneficiarias

  1. Que la empresa tenga su domicilio fiscal y social en A Estrada.
  2. Que la empresa sea viable técnica, económica y financieramente.
  3. Que sea una empresa de nueva creación dentro de los tres sectores productivos. Se consideran incluidos en este concepto los traspasos de negocios que no tengan vinculación familiar.
  4. Que ni la empresa ni ninguna de sus personas sociales tengan deudas con la Seguridad Social, con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ni con el Ayuntamiento de A Estrada.
  5. No podrán obtener la condición de beneficiarias el empresariado y las pymes que concurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10, apartados 2 y 3, de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones.

 

Las ayudas son a fondo perdido y su finalidad es subvencionar parte de los gastos de la puesta en marcha y del funcionamiento de la empresa.

 

El importe máximo de estas ayudas es de 2 000 € por empresa y la ayuda no podrá superar la cuantía total de la inversión inicial realizada por las personas promotoras.

 

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (DEL DÍA 19 DE MAYO AL 1 DE JUNIO )

 

 

Si haces la solicitud a través de la SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE A ESTRADA:

 

1) Presione: https://aestrada.sedelectronica.gal/info.0

 

2) Instancia general: https://aestrada.sedelectronica.gal/?x=ATfUhUpZo9aI2uppJP5XfETX19VGAU5NgzU8NuMVywC5-7rJ*VifewwCEbjHL5CUuOBFOnGokV6DU-dX*tBmpcgGN2FIY-xLNWp0yhlwIL9AJeT-6Jtghdr2JFFvcKW-XrRoBXbACGxSK9Cl4lEvZuS*E2MlTTGtn4QJa4uMn*3D5csqAgGoCgb-hGSKz2dzDRuNJxRzgR8vynd8oRXmew

  1. Presentación en línea: https://aestrada.sedelectronica.gal/?x=ATfUhUpZo9aI2uppJP5XfETX19VGAU5NgzU8NuMVywC5-7rJ*Vife8rN4P9ey9p49rXpnMOdPk60HJxnE3fFmzjLdsoZd41UuW6JNrG3BCBiWwyFioioKHzoxbHzrGIcF3DhtX1HnPk
  2. Descarga de la instancia: https://aestrada.sedelectronica.gal/?x=ATfUhUpZo9aI2uppJP5XfETX19VGAU5NgzU8NuMVywC5-7rJ*VifewwCEbjHL5CUuOBFOnGokV6DU-dX*tBmpcgGN2FIY-xLNWp0yhlwIL9AJeT-6Jtghdr2JFFvcKW-XrRoBXbACGxSK9Cl4lEvZuS*E2MlTTGtn4QJa4uMn*3D5csqAgGoCgb-hGSKz2dzDRuNJxRzgR8vynd8oRXmew

 

3) Anexa los impresos de solicitud y la documentación complementaria.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

 

4) Presenta la documentación telemáticamente o en la oficina del Registro.

 

Nota: SE RECOMIENDA HACER LA PRESENTACIÓN DESDE GOOGLE CHROME

 

 

 

 

 

 

 

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